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Presume ASF daño patrimonial en Pemex por más de 100 mdp

México

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) reveló un presunto daño patrimonial de Pemex Exploración y Producción por 108 millones 124 mil 837 pesos, monto que fue pagado indebidamente por la movilización de la plataforma Menadrill I, aun cuando este complejo ya se encontraba en aguas del Golfo de México.

La entidad detalla en su ?Informe de fiscalización de la Cuenta Pública 2011? que luego de la emisión de la licitación 18575088-506-10, le fue otorgado a dos empresas, que concursaron en conjunto, el contrato 421001802 para el arrendamiento de una plataforma marina y su mantenimiento; no obstante, desde un principio éstas no lograron acreditar su capacidad financiera.

Las licitantes fueron Industrial de Servicios & Outsourcing SA de CV y Firstdrill Limited, las cuales ofrecieron a la paraestatal la plataforma Hull-110; sin embargo, aún se encontraba en construcción en el astillero Port Khalid Sharjah, Emiratos Árabes Unidos.

Es por ello que solicitaron, mediante el oficio número ISO-PEP-432 del 9 de marzo de 2011, la sustitución de dicho complejo por Menadrill I, con el argumento de que ya se encontraba en el Golfo de México.

Dicha premisa fue aceptada por Pemex Exploración y Producción, aun cuando la plataforma mencionada había sido alquilada por la Gerencia Regional Norte de PEP, bajo el contrato 421000819 en septiembre de 2010, aun cuando ésta fue considerada como ?no apta? para los criterios técnicos pactados.

El documento explica se decidió retirar la plataforma Menadrill I del contrato que tenía vigente y presentarla bajo convenio 421001802, en sustitución de la plataforma Hull 110.

El órgano regulador detalla que luego de esto la Gerencia de Tesorería de Petróleos Mexicanos pagó a las mencionadas empresas la cantidad de 108 millones 124 mil 837 pesos, equivalente a 9 millones 153 mil dólares, por mover la plataforma al sitio del pozo para el inicio del arrendamiento.

""Este pago se considera improcedente, porque dicha plataforma ya se encontraba ubicada en el Golfo de México al momento en que PEP la aceptó en sustitución de la plataforma Hull-110.""

Es por ello que ?se presume un probable daño o perjuicio o ambos al patrimonio de Pemex Exploración y Producción? por el monto señalado, toda vez que el pago es considerado por la ASF como ?indebido?.

Ante esto acusó a la Gerencia Jurídica de Exploración y Producción de no considerar lo establecido en el Anexo C del citado contrato, en donde se señala que si la plataforma autoelevable se encontraba en aguas mexicanas, la paraestatal proporcionaría sin costo a las arrendadoras los barcos remolcadores para hacer traslado, ante lo cual no se generaría el pago por movilización, ya que como tal no se efectuaría.

El documento de la ASF asegura que además del pago y el intercambio de plataformas, también se registraron otras irregularidades, tal es el caso de los 34 faltantes y anomalías técnicas que presentaba el complejo, de los cuales 32 fueron corregidos en un máximo de 15 días.

Sin embargo, los restantes, que consistían en la falta de una caseta climatizada y de un brazo hidráulico, no se cumplieron en el plazo establecido, ante lo cual las empresas se hacían acreedoras a la aplicación de ?deductivas? económicas.

Es por ello que en noviembre de 2011 se les dejó de pagar un millón 152 mil dólares, equivalentes a 14 millones 546 mil pesos; no obstante, en diciembre de ese año se suspendió la deductiva, por lo que no se retuvieron 2 millones 399 mil pesos.

"?La ASF considera improcedente que PEP no aplique deductivas, ya que el proveedor aseguró que la plataforma propuesta contaba con las características mínimas requeridas? por lo que no aplica el supuesto evento de fuerza mayor."?

También señaló que ante el incumplimiento de las licitantes, los tiempos para el arrendamiento se retrasaron 51 días, ante lo cual, la Subgerencia de Servicios por Contrato de PEP les notificó una penalización por 5 millones 196 mil dólares.

Ante esto, promovieron el juicio de amparo indirecto número 523/2011-III-A, el cual, a la fecha de la revisión de la ASF en julio de 2012, proseguía el juicio.

?"Lo anterior evidencia que el proveedor ha evadido el pago de las penalizaciones, con el argumento de que no se cumplieron sus garantías de audiencia en la notificación de las penas convencionales?".

? NAYELI GONZÁLEZ

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