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Reforma financiera frena 'lavado' y deudores

México

Entre las modificaciones propuestas en la iniciativa de reforma a la Ley Financiera que se prevé sea presentada en los próximos días destaca el apartado 13, en el cual se desglosan cambios para evitar actos terroristas en México y atacar el lavado de dinero.

En el texto titulado ?Financiamiento al terrorismo y lavado de dinero?, marcado como uno de los 14 proyectos confidenciales que se presentarán mañana como parte de la reforma financiera, se establece que estos cambios buscan atender las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales, (GAFI, por sus siglas en inglés), así como el Grupo Egmont, instancia que se encarga de reunir a las unidades de inteligencia financiera mundiales.

El documento, de la cual MILENIO tiene una copia, reconoce que el GAFI y el Fondo Monetario Internacional realizaron en 2008 una evaluación sobre las medidas que existen en el país para evitar estos ilícitos, y concluyeron que en México no es suficiente la regulación en materia delavado de dinero y terrorismo, así como su financiamiento.

""Con esta reforma el gobierno mexicano dará cumplimiento eficiente a los tratados suscritos y colocará a México entre los pocos países que cuentan con el mayor número de recomendaciones cumplidas"", destaca el texto.

Entre las sanciones se pretende aumentar la pena mínima de prisión pasándola de cinco a 15 años, en razón del daño que este tipo de acciones puede representar a la sociedad, produciendo o pudiendo producir alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular a tomar una determinación.

Asimismo, se establecerá como un delito el financiamiento al terrorismo, mediante la cual se busca sancionar con prisión de 15 a 40 años y 400 a mil doscientos días de multa a quien por cualquier medio, ya sea directa o indirectamente, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, ya sea para financiar o apoyar individuos o agrupaciones delincuenciales.

También tipifica el encubrimiento de personas que hayan participado en el financiamiento de actos terroristas. Para ello, aplicará a estos sujetos una pena de prisión de uno a nueve años y una multa económica de cien a trescientos días de salario mínimo.

Otro de los aspectos que detalla este apartado, es el combate al lavado de dinero, en el cual se incluye en este delito a quien posea, convierta, retire, reciba por cualquier motivo o traspase dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando procedan o representen el producto de una actividad ilícita. Dichos delitos recibirán penas de 5 a 15 años de prisión y de mil a 5 mil días de multa.

""También se propone que sea considerada como delito grave la conducta de testaferrato, entendida como aquella persona que permita que se intitulen bajo su nombre bienes o derechos adquiridos con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, sin que tenga conocimiento de que los recursos, derechos o bienes procedan o representen el producto de una actividad ilícita"", añade el texto.

Se propone también que con la finalidad de hacer efectivos los mecanismos para el combate de estos delitos y su financiamiento exista una excepción sobre la reserva de la información fiscal proporcionada por contribuyentes o terceros relacionados.

De igual forma pretende reformar la Ley de Extinción de Dominio, para que el Ministerio Público pueda ordenar aquellas medidas cautelares a las entidades financieras que eviten la fuga o desaparición de aquellos recursos que presuntamente se encuentren vinculados con estos delitos.

""Se busca que esta medida cautelar pueda activarse ante el conocimiento de reportes, informes o resoluciones de las autoridades nacionales de la vigilancia financiera y los diversos movimientos relacionados con este tipo de prácticas, pero que también se puedan activar por la emisión de reportes, informes o resoluciones que emitan organismos internacionales.""

Ante esto, con la finalidad de ofrecer certeza jurídica a aquellas personas sobre las cuales recaiga dicha medida, se propone un plazo de 20 días para que el Ministerio Público solicite al juez el aseguramiento de fondos o activos.

 ? REDACCIÓN

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