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Será opcional la contratación de un agente aduanal para mover mercancía

México

Ciudad de México.- La Secretaría de Hacienda publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera.

Las reformas, adiciones y derogaciones en materia aduanera incorporan mejores prácticas, procesos y demás de la modernización de agentes económicos, así como una mayor inversión en infraestructura.

Asimismo, establece como opcional la contratación de un agente o apoderado aduanal para mover la mercancía, aunque no elimina esta figura, y fomenta la apertura de recintos fiscalizados estratégicos en cualquier parte del territorio nacional para impulsar la inversión y la generación de empleos.

Incorpora también mecanismos como la forma electrónica y el sello digital para validar tramites.

Por ello, en el decreto se puntualiza que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dentro de un plazo que no excederá de un año contado a partir de la entrada en vigor del presente, publicará las disposiciones jurídicas en las que se establecerán los mecanismos, formas y medios que deberán utilizar los importadores y exportadores que opten por despachar directamente sus mercancías.

En las modificaciones a la legislación se incorpora el sistema electrónico aduanero, a fin de simplificar y automatizar los trámites de las operaciones en el comercio exterior, así como reducir los tiempos y los costos por la eliminación en el uso de papel, y mejorar el manejo y almacenamiento de la información.

En el decreto se establece también que el envío de mercancías en las fronteras lo puedan hacer las mismas compañías, sin que sea obligatorio recurrir a los agentes aduaneros, y además se fomenta la apertura de recintos fiscalizados en el país con el fin de promover la inversión.

También plantea llevar a cabo el despacho aduanero en lugares distintos a los ahora autorizados, con independencia de la naturaleza o volumen de las mercancías y sin que se pierdan de vista los controles y la vigilancia requeridos para la seguridad de la autoridad y de los usuarios del comercio exterior.

El presente decreto entrará en vigor este martes 10 de diciembre, sin embargo, en tanto se expidan las disposiciones reglamentarias de la Ley Aduanera, seguirá en vigor el Reglamento de la misma en todo lo que no se le oponga.

Asimismo, a partir de la entrada en vigor de este decreto quedan sin efectos las disposiciones administrativas, resoluciones, consultas, interpretaciones, autorizaciones o permisos de carácter general o que se hubieran otorgado a título particular que contravengan o se opongan a lo establecido en la Ley Aduanera.

Mientras que las autorizaciones de apoderado aduanal activas a la fecha de entrada en vigor del presente decreto, continuarán vigentes hasta en tanto las mismas se cancelen, se extingan o se les revoquen a los apoderados aduanales.

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