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Amparo a Malibú no lo exenta de cumplir con la ley

Javier Lozano asegura que Protección Civil puede revisar la integridad del inmueble.

México

San Pedro Garza García ? El juez segundo de distrito en Materia Administrativa en Nuevo León concedió otorgar una suspensión provisional de amparo a Central Gaming SA de CV, que opera el casino Malibú.

Sin embargo, la medida cautelar otorgada por el juez Javier Rubén Lozano Martínez está condicionada a que la razón social que opera la casa de apuestas cumpla con todas las leyes federales, estatales y municipales que regulan el funcionamiento de un establecimiento de este giro.

En entrevista exclusiva con Multimedios, el juez informó que otorgó una suspensión a favor de la empresa operadora del inmueble para evitar que se suspenda, se clausure o se impongan sellos al establecimiento ubicado en avenida Manuel L. Barragán 220, colonia Ex Hacienda el Canadá, en Escobedo.

Sin embargo, la resolución no impide que las autoridades competentes de Protección Civil puedan revisar las estructuras de los inmuebles y las medidas de seguridad, salidas de emergencia, extinguidores y las que busquen salvaguardar la integridad física de los ocupantes del inmueble.

?"Al presentar la demanda de amparo, se nos informó que el establecimiento estaba funcionando de forma regular, que contaba con los permisos de operación necesarios.

?"Por ello se otorgó la suspensión para los efectos de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan y no se proceda a la clausura y no se proceda a la imposición de sellos, o suspensión de cualquier forma el funcionamiento del establecimiento"?, afirmó el juez.

El martes pasado, Multimedios informó que tras ser clausurado por Gobernación en 2012 por operar presuntamente en forma ilegal, el casino Malibú, antes Fantastic, reabrió asociado con Shelf Company, firma que se desligó de Raúl Rocha Cantú, anterior dueño del Fantastic y del fatídico Royale.

¿Gobernación puede quitar los sellos y el particular entrar al inmueble?

?"No afecta mi determinación. Ya sería un acto unilateral de la autoridad que no habría violación a mi suspensión ni ellos están actuando en mi acato a mi suspensión.

?"(Pueden operar) si se los permite Gobernación y las autoridades municipales, pero sí me gustaría puntualizar que con motivo de la suspensión, si estaban cerrados, el juzgado no tuvo injerencia si quitaron sellos; por eso no quita que la propia autoridad quite por motu propio los sellos"?, dijo.

¿El particular puede hacer uso del inmueble si tiene sus permisos?

?"Sí, definitivamente"?.

¿El particular estaría violando alguna cuestión??

?"¿Alguna determinación de amparo? No.

Realmente esto es complejo y por lo mismo tratamos de balancear conforme a derecho de tal manera que al tramitar estos asuntos se cumplan todas las medidas de seguridad"?, manifestó.

En enero, Multimedios informó que con amparo en mano, los propietarios y permisionarios que representan a 25 de 36 casinos en Nuevo León lograron inmunidad de la justicia federal.

?"Debiendo en todo momento las quejosas permitir las visitas de inspección de las autoridades competentes, especialmente a encargados de Protección Civil"?.

EDUARDO MENDIETA SÁNCHEZ

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