Aprueban en el Congreso local modificación al término feminicidio
El diputado Francisco Cienfuegos explicó que se trata de una reforma necesaria pues existen convenios internacionales que obligaban a tipificar este delito.
Monterrey ? Las ejecuciones de mujeres por parte de grupos del crimen organizado no serán considerados feminicidios así lo definió este martes la Comisión de Justicia y Seguridad que aprobó la tipificación de este delito con penas que van desde los 25 y hasta los 50 años de prisión.
Según el dictamen aprobado esta mañana será considerado feminicidio; "El homicidio cuando por razones de género, se ejecute acción u omisión dirigida contra una mujer, privándola de la vida", señala el documento.
Sin embargo tendría que tener tres características; que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; cuando existan datos de cualquier tipo de violencia, o datos de amenazas, acoso, hostigamiento o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima, o cuando a la víctima se le haya infligido actos infamantes, degradantes o mutilaciones, de manera previa o posterior a la privación de la vida.
Se trata de la reforma al artículo 331 del Código Penal del Estado al que se le anexan 4 apartados Bis a propuesta de la ex diputada, Jovita Morín, del diputado Erick Godar y del Gobierno del Estado.
Francisco Cienfuegos explicó que se trata de una reforma necesaria pues existen convenios internacionales que obligaban a tipificar este delito, así como peticiones de varias organizaciones en defensa de las mujeres.
Sin embargo la reforma al final no considera la ejecución de mujeres por motivos del crimen organizado como feminicidios, como algunas ONGS lo habían solicitado.
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