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Decomisan madera ilegal en Morelos

El Código Penal Federal, en su artículo 419, señala que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a tres mil días multa, a quien de manera ilícita transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas o carbón vegetal.

México

México.- Por no acreditar su legal procedencia, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) decomisó 34.597 metros cúbicos de madera aserrada de pino en el municipio de Cuautla, Morelos.

"El inspeccionado presentó un documento que no corresponde al de un reembarque forestal, por lo que se procedió al aseguramiento precautorio del vehículo y de la madera, los cuales fueron trasladados a las oficinas de la delegación federal de la Profepa en la ciudad de Cuernavaca, Morelos", refirió.

Ello, precisó la Profepa en un comunicado, para dar inicio al procedimiento administrativo correspondiente, a fin de que se cumpla cabalmente con las disposiciones normativas en materia forestal.

Lo anterior, debido a la coordinación con elementos de la Policía Federal y personal de la Profepa; con lo cual, se aplicó un operativo de revisión al transporte de materia primas forestales proveniente de Puebla y Oaxaca, sobre la carretera México-Oaxaca en los municipios de Cuautla y Ayala, Morelos.

En este marco, inspectores federales de la Profepa revisaron un camión tipo torton de plataforma, proveniente de Oaxaca, que transportaba un volumen aproximado de 34.597 metros cúbicos de madera aserrada de pino, pero el conductor de la pesada unidad móvil no acreditó la legal procedencia de la materia prima forestal.

El vehículo con la carga de madera fue detectado e interceptado a la altura del libramiento de Cuautla, proveniente de un aserradero de la ciudad de Tlaxiaco, Oaxaca.

En este marco, la dependencia federal aseguró que las acciones y operativos de la Profepa para combatir la tala ilegal de los bosques, así como el traslado y procedencia irregular de la materia prima forestal, continuará por todo el territorio morelense.

El Código Penal Federal, en su artículo 419, señala que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a tres mil días multa, a quien de manera ilícita transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas o carbón vegetal.

Además, cualquier otro recurso forestal maderable, o tierra procedente de suelos forestales en cantidades superiores a cuatro metros cúbicos o, en su caso, a su equivalente en madera aserrada.

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