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Diputados y alcaldes podrán reelegirse

La Constitución de Sonora establece que los diputados podrán ser electos de manera consecutiva hasta por cuatro periodos consecutivos, disposición que será efectiva a partir de los comicios del 2018.

México

Hermosillo.- El Congreso del estado aprobó reformas a la Constitución Política de Sonora en materia electoral, con lo que se armoniza a las recientes modificaciones que se realizaron a nivel federal.

Por votación unánime, las bancadas del PAN, PRI, PRD, PVEM y Nueva Alianza aprobaron las reformas para dar paso a las candidaturas independientes, así como la reelección de diputados locales y alcaldes a partir del 2018 en Sonora.

Asimismo, se estableció en la Constitución Política de Sonora el principio de la equidad de género en las candidaturas y que la jornada electoral se realice por ley el primer domingo de junio del año que corresponda, entre otras disposiciones.

El presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Abraham Mendivil López, explicó que se hizo un dictamen que engloba los aspectos más importantes que debe contener la reforma constitucional en materia político-electoral.

Refirió que ahora organismo encargado de organizar las elecciones se denominará Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) y los siete consejeros electorales durarán en su encargo un período de siete años y no podrán ser reelectos.

Por su parte, los ciudadanos sonorenses tendrán el derecho de solicitar su registro como candidatos para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular, garantizando su derecho al financiamiento público.

Asimismo, la reforma a la Constitución de Sonora establece que los diputados podrán ser electos de manera consecutiva hasta por cuatro periodos consecutivos, disposición que será efectiva a partir de los comicios del 2018.

En tanto que los presidentes municipales, síndicos y regidores de los ayuntamientos podrán ser reelectos para un periodo adicional.

La ley también establece la reforma al artículo 150-A para que en el estado las mujeres tengan los mismos derechos civiles y políticos que los hombres, por lo que podrán ser electas y tendrán derecho a voto en cualquier elección.

Los partidos políticos que participen en los procesos electorales locales para la integración del Congreso del estado deberán garantizar la paridad entre los géneros en la totalidad de sus candidaturas y las fórmulas deberán integrarse por personas del mismo género.

Las listas de representación proporcional a cargo de elección popular a nivel estatal y municipal de propietarios y suplentes se conformarán en fórmulas y planillas bajo el principio de alternancia de ambos géneros.

Otras reformas a la Constitución de Sonora son la prohibición de organizaciones gremiales para la creación de partidos políticos, así como la obtención del tres por ciento de la votación estatal para que un partido político conserve el registro.

Estas reformas constitucionales se remitirán para su aprobación a los 72 ayuntamientos de Sonora y para entrar en vigor deberá ser aprobada por un mínimo de 36 y posteriormente se deberá reformar el Código Electoral para el Estado de Sonora.

Notimex

 

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