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Se implementa desde 1942 horario de verano en Baja California

México

 

Desde el 24 de abril de 1942, cuando por decreto presidencial se determinó el Horario de Verano, Baja California se ha regido por los cambios estacionales y siempre ajustado a su colindancia con el vecino estado de California.

El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación y promulgado por el presidente Manuel Avila Camacho, determinó las horas que regirían a la República mexicana a fin de uniformar la hora del noroeste del país.

De acuerdo con la página de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee), por esa razón, en Baja California regiría la hora del meridiano 120, "hasta nueva disposición".

En apego este decreto y por convenir a las acciones comerciales con California debido a su estrecha relación con esta entidad estadunidense, Baja California utilizó este Horario de Verano entre el primer domingo de abril y el último de octubre.

A partir de 1996 México adoptó el horario de verano, con ajuste de relojes el primer domingo de abril y el último domingo de octubre, tal como se utilizaba desde 1942 en Baja California.

El 1 de marzo de 2002, el Diario Oficial de la Federación publica el decreto que formaliza el horario de verano y que incluye a Baja California como "sujeto al meridiano 120 grados por ubicación y 105 grados por horario estacional".

Sin embargo, el mes de marzo de 2007, la Comisión de Energía de California (COC, por sus siglas en inglés) determina una modificación en el horario de verano (Daylight Saving Time, como se le conoce en Estados Unidos).

Señaló que a partir de 2007, el Horario de Verano se extiende un mes y comienza para la mayor parte de los Estados Unidos a las 02:00 horas del segundo domingo de marzo y se extiende hasta las 02:00 horas del primer domingo de noviembre.

A raíz de ese cambio, Baja California se desfasó durante estas cuatro semanas con sus operaciones comerciales y de vecindad con el estado de California, lo que determinó que en el Congreso de la Unión se tratará el tema para retomar la coordinación.

Y es que el desfase en una hora entre Baja California y California afectaba a los miles de trabajadores que diariamente se trasladan a laborar a las ciudades vecinas de California, así como a cientos de estudiantes que acuden a sus planteles escolares.

En esa consideración, el Congreso de la Unión acordó la añadidura de dos párrafos al decreto emitido en 2002, los cuales fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2010 para que ese año entraran en vigor.

El primer párrafo añadido consideró a los municipios fronterizos de Tijuana y Mexicali en Baja California; Juárez y Ojinaga en Chihuahua; Acuña y Piedras Negras en Coahuila; Anáhuac en Nuevo León; y Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros en Tamaulipas.

En todos ellos, "la aplicación de este horario estacional surtirá efecto desde las dos horas del segundo domingo de marzo y concluirá a las dos horas del primer domingo de noviembre.

En el otro párrafo, contempló a "los municipios fronterizos que se encuentren ubicados en la franja fronteriza norte en el territorio comprendido entre la línea internacional y la línea paralela ubicada a una distancia de veinte kilómetros".

"Así como la ciudad de Ensenada, Baja California, hacia el interior del país, la aplicación de este horario estacional surtirá efecto desde las dos horas del segundo domingo de marzo y concluirá a las dos horas del primer domingo de noviembre".

Por esa razón, desde 2010, los municipios de Baja California (todos, con excepción de Ensenada, son limítrofes menos de 20 kilómetros con Estados Unidos) se rigen con el horario de verano similar al de California.

De esta manera, en Baja California el Horario de Verano inicia el segundo domingo de marzo y concluye el primer domingo de noviembre, a diferencia del centro del país, en donde el horario de verano es del primer domingo de abril al último domingo de octubre.

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