TV en vivo

Justifica Poder Judicial baja cantidad de órdenes de protección

La titular de este organismo, Graciela Buchanan, dijo que para acceder a esta condición es necesario solicitarlo y cumplir con una serie de condiciones.

México

 

 

Monterrey ? El Poder Judicial de Nuevo León justificó la baja cantidad de órdenes de protección otorgadas a víctimas de violencia familiar, al advertir que estas se conceden sólo en casos determinados y a petición de parte.

Si bien se tiene registro de más de 11 mil expedientes sobre este delito en el lapso del último año, la presidenta del organismo, Graciela Buchanan Ortega, afirmó que no todos los peticionarios estaban en una circunstancia que ameritara la protección.

?La orden de protección la tienen que solicitar, si no se solicita no se puede proveer. Dentro de las órdenes de protección solicitadas, ya a la fecha son 317 que obedecen también a una cantidad sobre cuales no han procedido.

?Y no han procedido por razones de que no cumplen con los requisitos. Una orden de protección es cuando una persona puede estar en un riesgo inminente de violencia, y no debemos de confundir lo que es una orden de protección con las demás medidas cautelares?, refirió la magistrada.

Buchanan Ortega se pronunció en contra del abuso en las órdenes de protección, ya que generan un agravio a las partes en conflicto y vuelve la contienda más complicada de solucionar.

Por el contrario, la presidenta del Tribunal Superior de Justicia se pronunció a favor de que la figura sea invocada por aquellas personas que se encuentran en verdadero peligro, ya sea en su integridad o sus bienes.

?La orden de protección es para una situación de emergencia, inmediata, donde pueda ponerse en riesgo la seguridad patrimonial o personal de quien la está solicitando, cuando no se dan esos elementos de inmediatez, no se otorga.

?Porque si ya viven separados no tienes por qué tener una orden de protección, salvo que acredites verbalmente, porque no requieren muchos trámites, que estás siendo molestado en tu persona, y esa tiene una vigencia mucho más corta que la orden que pueda dictar un juez como una medida cautelar?, detalló.

La solicitud de esta figura se puede realizar ante cualquier tipo de juez, acotó Buchanan Ortega, sin importar que este atienda casos civiles, penales o mercantiles, además del competente que es de carácter familiar.

Indicó que desde su punto de vista, las órdenes de protección se encuentran limitadas a este rubro y deben ampliarse dada la cantidad de casos que se generan en otras ramas de la justicia.

Logo multimedios

Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MULTIMEDIOS; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.

Te puede gustar

Enlaces promovidos por Taboola

Utilizamos cookies

Utilizamos cookies para darte la mejor experiencia de usuario y entrega de publicidad, entre otras cosas. Si continúas navegando el sitio, das tu consentimiento para utilitzar dicha tecnología, según nuestra Política de cookies. Puedes cambiar la configuración en tu navegador cuando gustes.

Quiero saber más Estoy de acuerdo