Lineamientos para expedición de visas no ordinarias
Este documento establece los requisitos, procedimientos y temporalidades para la expedición de estos documentos, que formalizan la autorización que otorga una representación diplomática o consular mexicana, entre otras instancias, para permanecer en territorio nacional durante una comisión, tránsito o viaje privado.
Los lineamientos, que entrarán en vigor el próximo sábado, señalan entre otras reglas que la SRE emitirá disposiciones específicas para documentar a los nacionales de Estados con los que México no tiene relaciones, así como en los casos no previstos en este documento.
En caso de tratarse de un pasaporte colectivo o familiar, se expedirá una visa no ordinaria por cada persona incluida en el pasaporte; la visa sólo podrá ser utilizada durante el periodo de su vigencia, o con el término de la acreditación. El número de entradas permitidas se especificará en la visa correspondiente.
Las representaciones diplomáticas y consulares de México observarán dichos lineamientos y las instrucciones emitidas por las direcciones generales de Protocolo, de Asuntos Especiales y de Servicios Consulares de la SRE, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Notimex
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