TV en vivo

No hay sanciones para quien malgasta el agua en el estado

En caso de que exista alguna denuncia de desperdicio de agua, personal de Agua y Drenaje acude al sitio, y sin sancionarlos, los exhortan a que eviten el consumo desmedido del líquido.

México

En caso de que exista alguna denuncia de desperdicio de agua, personal de Agua y Drenaje acude al sitio, y sin sancionarlos, los exhortan a que eviten el consumo desmedido del líquido.

 Monterrey.- ? Pese a que en al menos 45 municipios del estado se busca que el Gobierno federal los señale con problemas graves de sequía y falta de agua para consumo humano, en el área metropolitana a quien malgaste el vital líquido no se le sancionará más que a través de un exhorto.

Personal de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey informó que al tener conocimiento de casos de desperdicio de agua, tales como lavar el auto o la calle con manguera, los habitantes de la vivienda no serán sancionados económicamente, sino a través de un exhorto donde se les invita a evitar el consumo desmedido de esta manera.

La fuente detalló que al recibir una queja de este tipo se envía personal de la dependencia al domicilio, y en caso de corroborar la información se emite el exhorto.Y es que dentro de la Ley de Agua Potable y Saneamiento para el Estado de Nuevo León, aprobada en septiembre de 1997, no se especifica una sanción o infracción por el desperdicio de agua en uso doméstico.

En el Capítulo XI, artículo 47 de dicha Ley, que habla sobre las inspecciones, detalla que el organismo operador practicará inspecciones para diversas acciones, entre las que destaca "verificar el correcto funcionamiento de los medidores, y las causas de alto y bajo consumo". En el artículo 49 de la misma Ley, se menciona que de haber infracción se levantará un acta con los hechos que constituyen la infracción, así como el domicilio exacto donde ocurrieron los hechos, siendo firmada el acta por dos testigos.

Sin embargo, en el Capítulo XII sobre Infracciones y Sanciones, se destaca en el artículo 57 diversas acciones que ameritan castigos, y entre las que destaca en el apartado II el sancionar a "las personas que utilicen el agua potable para usos no autorizados", aunque sin especificar en ningún punto si el utilizar desmedidamente el vital líquido es una de ellas.

La sanción para este apartado según el artículo 58, corresponden a entre 8 y 10 cuotas, es decir, de 518 pesos a 647.60 pesos.

De igual forma en el apartado VIII del mismo artículo 57, detalla que "cualquier otra infracción se sancionará con 10 cuotas", lo que equivaldría actualmente a 647.60 pesos.

ISRAEL SANTACRUZ

Logo multimedios

Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MULTIMEDIOS; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.

Te puede gustar

Enlaces promovidos por Taboola

Utilizamos cookies

Utilizamos cookies para darte la mejor experiencia de usuario y entrega de publicidad, entre otras cosas. Si continúas navegando el sitio, das tu consentimiento para utilitzar dicha tecnología, según nuestra Política de cookies. Puedes cambiar la configuración en tu navegador cuando gustes.

Quiero saber más Estoy de acuerdo