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Profepa decomisa 2.639 metros cúbicos de madera en Michoacán

México.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente aseguró 2.639 metros cúbicos de madera en escuadría y rollo del género pinus en el municipio de Morelia, Michoacán, por no acreditar la legal procedencia ni contar con el permiso debido para su transporte.

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México.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente aseguró 2.639 metros cúbicos de madera en escuadría y rollo del género pinus en el municipio de Morelia, Michoacán, por no acreditar la legal procedencia ni contar con el permiso debido para su transporte.

En un recorrido de inspección, personal de la Profepa en el estado sorprendió a un transportista que manejaba un vehículo tipo pick up, en el cual llevaba 100 tablas de madera en escuadría, mismas que no comprobó a través de documentación forestal.

En este marco, los inspectores federales de la Profepa aseguraron también 1.733 metros cúbicos de madera en rollo de pino en el municipio antes mencionado, la cual tampoco fue acreditada legalmente por sus transportistas, detalló la dependencia en un comunicado.

Precisó que los funcionarios federales de esta procuraduría procedieron a retener la materia forestal y el vehículo en el cual era transportada, por tratarse de una infracción a la legislación ambiental vigente.

Los vehículos y la madera asegurada fueron depositados en las instalaciones del corralón de tránsito y seguridad pública en Morelia, así como en la empresa "Grúas Medida" de Zinapécuaro, Michoacán, respectivamente, señaló la Profepa.

Ante ello, personal de la delegación federal de la Profepa en la entidad inició el procedimiento administrativo respectivo, mediante un acta de inspección.

Y es que no contar con la autorización emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para transporte de materias primas forestales, trasgrede las normas ambientales, ya que acciones de este tipo pueden ser producto de aprovechamientos ilícitos.

El Código Penal Federal, en su artículo 419, señala que "quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable, se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a tres mil días de multa.

La misma pena se aplicará aun cuando la cantidad sea inferior a cuatro metros cúbicos, si se trata de conductas reiteradas que alcancen en su conjunto esta cantidad.

La pena privativa de la libertad a la que se hace referencia en el párrafo anterior se incrementará hasta en tres años más de prisión y la pena económica hasta en mil días multa, cuando los recursos forestales maderables provengan de un área natural protegida.

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