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Viola el Consejo de Promoción Turística principio de igualdad: Corte

Después de cuatro años de juicio, el DF tendrá una representación permanente en dicho consejo tras una controversia controversia constitucional promovida en 2009 por Marcelo Ebrard.

México

Después de cuatro años de juicio, el DF tendrá una representación permanente en dicho consejo tras una controversia controversia constitucional promovida en 2009 por Marcelo Ebrard.

 Ciudad de México ? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la entrada en funciones del Consejo de Promoción Turística de México, que creó el Congreso de la Unión, viola el principio de igualdad, porque las entidades del país no cuentan con una representación equitativa.

Después de casi cuatro años de juicio, el Pleno de la Corte puso fin a la controversia constitucional que promovió el entonces jefe del Gobierno del Distrito Federal, Marcelo Ebrard, quien buscó anular la Ley General de Turismo aprobada en 2009.

Sin embargo, el alto tribunal sólo le dio la razón por lo que hace al establecimiento del Consejo de Promoción Turística de México; y es que el mencionado consejo sólo lo integran 8 estados.

Con siete votos a favor y cuatro en contra, los ministros declararon inconstitucional los artículos 39, 40, y 41, además de fracciones del 48 y 54 de la ley impugnada.Ahora, el Distrito Federal tendrá una representación permanente en el Consejo de Promoción Turística de México.

La ministra Margarita Luna Ramos, quien votó por la constitucionalidad del artículo 39, el cual tiene que ver con el establecimiento del consejo de promoción, señaló que no había motivo para que se aplique el principio de igualdad.

??si la organización interna de este consejo de promoción turística se regula como cualquier sociedad mercantil con las peculiaridades que le imprime la participación accionaria del gobierno federal, esto significa que no existe obligación por parte de éste de incorporar obligatoriamente a determinadas entidades federativas en su junta de gobierno?, expresó.

Cabe señalar que los efectos de esta sentencia sólo tendrán validez para el Distrito Federal.

En 2009, Marcelo Ebrard alegó que dicho estatuto violaba la Constitución, ya que ataca la soberanía de los estados y del Distrito Federal respecto al manejo de este rubro, el cual es uno de los que genera más ingresos al DF.

La ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 2009, norma en la que se ordena al DF y a los estados a sujetarse a los lineamientos ahí plasmados.

La norma fue publicada sin objeciones por el presidente Felipe Calderón.

Ebrard también señaló que la citada ley invade la esfera de competencia de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para regular la materia de turismo, así como la autonomía e independencia del Gobierno del Distrito Federal, en la misma materia, y los principios funcional de competencias y de certeza jurídica.

La Constitución otorga la facultad al Congreso para expedir leyes en materia de turismo estableciendo las bases de coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, Estados, Municipios y el Distrito Federal así como la participación de los sectores social y privado.

RUBÉN MOSSO

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