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Ya no esperarán 72 horas para buscar a desaparecidos en Jalisco

Las autoridades correspondientes iniciarán las investigaciones de manera inmediata, ya que así lo establece el Protocolo de Atención en casos de Desaparición de Persona.

México

Jalisco ? En Jalisco, las autoridades ya no deberán esperar 72 horas para iniciar las investigaciones por denuncias de personas desaparecidas, de acuerdo a lo que establece el Protocolo de Atención en casos de Desaparición de Persona, publicado el pasado 20 de junio en el Periódico Oficial del Estado.

El secretario general de Gobierno, Arturo Zamora Jiménez, informó que se actuará de forma inmediata.

"El protocolo establece que la actuación tiene que ser inmediata, en cualquier momento, cualquier Ministerio Público, cualquier agente del Ministerio Público de las fiscalías Regionales, Central o General, están obligados a recibir la denuncia de manera inmediata", destacó.

Dijo que el protocolo los obliga a actuar con prontitud, "so pena de que incurran en casos de omisión que puedan generar responsabilidad a los servidores públicos, por no atender de manera oportuna o de manera eficaz a las personas que denuncian este tipo de cosas".

En el punto 1, del capítulo I de este protocolo, se especifica que se determinará la existencia de un caso de desaparición: al momento en que el Ministerio Público reciba la denuncia de la desaparición de personas; por escrito o a solicitud mediante oficio proveniente de alguna autoridad federal, estatal o municipal; de oficio, cuando el Ministerio Público se entere, por cualquier medio, de la existencia de la desaparición de personas.

Para la localización de los niños y adolescentes deberá activarse la alerta o prealerta AMBER, a través de la cual las autoridades, centros comerciales y medios de comunicación, deberán atender y difundir cada uno de los casos.

En el punto 5, se puntualiza que el agente del Ministerio Público deberá notificar al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses los datos de las personas desaparecidas, para verificar su se encuentran en la base de datos del servicio médico forense y/o perfil genético, y a su vez el instituto rendirá un informe sobre cada caso, en un lapso no mayor a los cinco días.

Se precisa que será la Fiscalía de Derechos Humanos y Protección a Víctimas de Delito, la que se encargue de concentrar toda la información y brindar la atención que sea necesaria en cada uno de los casos que se presenten.

"Ahí es en donde tienen que llevarse todas las denuncias, el banco de información, el banco de datos, para que estemos en condiciones de poder presentar información de personas que si se denunció que desaparecieron y si después los encontraron", destacó Zamora.

En el capítulo II, se detalla que el Área Jurídica de esta Fiscalía dará seguimiento a las actuaciones o diligencias que se lleven a cabo, entre otras: testimoniales; documentales; periciales; donación de muestras para la obtención de perfil genético, fichas odontológicas, huellas dactilares y lo que se requiera para la identificación del desaparecido; determinaciones del no ejercicio de la acción penal; y acuerdos de incompetencia.

A su vez, la Fiscalía de Derechos Humanos se encargará de otorgar servicios a la víctima u ofendido, como asesoría jurídica, atención psicológica, médica y asistencial.

YENZI VELÁZQUEZ

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