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INE 'le saca la vuelta' a determinar topes de campaña

El organismo acordó que las comisiones locales determinen su criterio en los financiamientos privados de los independientes.

JUAN GERARDO PORRAS RODRÍGUEZ|MILENIOEditor
México

Monterrey.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral fijó su postura en torno al financiamiento privado para los candidatos independientes: los organismos locales deben aplicar su ley estatal; si ésta no indica los topes, se debe remitir a la federal, que establece un máximo de 10 por ciento.En el caso de Nuevo León, el presidente de la Comisión Estatal Electoral, Mario Alberto Garza Castillo, había mencionado que esperarían el resolutivo del INE para dar una postura al respecto.

Sin embargo, en varias ocasiones ha mencionado que la Ley Estatal Electoral establece que el financiamiento privado para los candidatos independientes puede ser de hasta un peso menos de lo que recibieron de financiamiento público.En la presentación de la propuesta, en la sesión efectuada en el Distrito Federal, Benito Nacif, presidente del Comité de Fiscalización, admitió que en algunas elecciones locales existen condiciones de inequidad.Puso como ejemplo casos como los de las elecciones para gubernatura en Baja California Sur, Campeche y Nuevo León, en los que el financiamiento público para los independientes es de entre el 1 y 2.6 por ciento del tope de campaña para los partidos políticos."Existe una interrogante de lo que podrán recibir de financiamiento privado. Es claro que con estos montos tan bajos, es importante que haya un pronunciamiento por parte de los órganos locales electorales respecto a las reglas sobre los montos específicos que pueden recudar por parte de aportaciones privadas."Por ese motivo, se les pide en este proyecto de acuerdo que fijen los límites de ingresos privados aplicando la ley local".Para este efecto, el Instituto Nacional Electoral precisó que se deben seguir tres criterios."Uno: aplica tu ley local; dos: si tu ley local remite al criterio federal, entonces ese criterio federal es el que se desprende del artículo 399 , que es el 10 por ciento; y hay una tercera alternativa, que si tu ley no dice específicamente cuál es el monto, utiliza el 10 por ciento".No obstante, el presidente de la Comisión de Fiscalización planteó que se suprima la tercera, y que queden las dos primeras opciones.Lo anterior, dijo, "porque tenemos dudas sobre si tenemos atribuciones para decirles; y segundo, darles la libertad de que interpreten su ley local de acuerdo con las condiciones locales".Otra parte del acuerdo es para regular la prohibición establecida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) respecto a la recepción de aportaciones en efectivo por parte de los candidatos independientes."Si el monto recibido es menor a 90 días de salario mínimo, la aportación deberá hacerse en especie o mediante un depósito bancario; si es mayor, deberán realizarse mediante transferencias bancarias, cheques nominativos o en especie".

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