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Padres con adeudos en pensión alimenticia de hjios no podrán salir del país

Con reformas a la Ley de Migración, se establece que antes de dejar territorio nacional deben cumplir con ese compromiso que es ineludible y que además está garantizado por la propia ley, indicó.

México

México.- La Cámara de Diputados aprobó por 429 votos a favor reformar la Ley de Migración, a fin de impedir que las personas que presenten adeudos a la pensión alimenticia de sus hijos no puedan salir del país hasta cubrirlos.

El documento señala que aproximadamente 67 por ciento de los deudores alimentarios incumplen sus obligaciones, y 67.5 por ciento de madres solteras no recibe pensión alimenticia.

Sostiene que la libertad de tránsito no es un derecho absoluto, sino que está limitado por la aplicación de un mandato judicial o aplicación de leyes en cada país.

El Artículo Cuarto Constitucional establece la obligación del Estado de velar y cumplir el principio del interés superior de la niñez; el derecho de niños y niñas a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento y la obligación de ascendientes, tutores y custodios de preservar esos derechos.

Con la reforma aprobada se adiciona un párrafo al Artículo 48 de la Ley de Migración para impedir que salgan del país las personas que con carácter de deudoras alimentarias dejen de cumplir con las obligaciones que impone la legislación civil en materia de alimentos por un periodo mayor de 60 días, previa solicitud de la autoridad judicial competente.

Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Asuntos Migratorios, la diputada Amalia García Medina señaló que esta adición tiene como objetivo poner en el centro el interés superior de niñas y niños, que es fundamental para todos.

La legisladora del Partido de la Revolución Democrática (PRD) dio a conocer que se tienen datos precisos que señalan que al menos 67 por ciento de los deudores alimentarios no cumplen con ese compromiso y es una cifra alarmante.

Esta adición, insistió, establece que no podrán dejar territorio nacional quienes sean deudores alimentarios si han sido morosos por más de 60 días, si han sido denunciados por el acreedor alimentario, si han sido vencidos en juicio.

Si a pesar de ello continúan incumpliendo, y por supuesto si se dan todos y cada uno de estos supuestos, entonces se aplicará esta reforma.

Aclaró que no es una iniciativa ni un planteamiento inédito. Existe en otros países como Costa Rica y Argentina, de tal manera que esta reforma lo que haría es poner a México en condiciones de avance, tal y como se ha dado en otras naciones.

Notimex

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