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Partidos, responsables de gastos de precandidatos: TEPJF

El órgano jurisdiccional indicó que los partidos deberán comprobar documentalmente todas las operaciones económicas que hagan sus militantes.

México

Ciudad de México ? Los partidos políticos son los responsables del control y registro contable de los ingresos y gastos de sus precandidatos; por ello, están obligados a contar con la documentación comprobatoria de todas las operaciones económicas que realicen sus militantes durante el periodo de promoción interna previsto para alcanzar la candidatura a algún cargo de elección popular, indicó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

A través de un comunicado, el Tribunal indicó que esto se estableció en la Jurisprudencia 32/2012, con carácter obligatorio, por lo que, para las elecciones de este año se mantiene.

"Los partidos políticos están obligados a llevar la contabilidad de sus ingresos por financiamiento público y privado, y de sus egresos, soportándola con la documentación comprobatoria que respalde las operaciones económicas de sus militantes en periodo de precampaña".

También se estableció que si un precandidato incumple con la obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo correspondiente y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva, no podrá ser registrado legalmente como candidato.

Además, los precandidatos que sin haber obtenido la postulación a la candidatura no entreguen el informe de ingresos y gastos de precampaña serán sancionados en los términos que establece el artículo 354, párrafo 1, inciso c), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE ).

También se indica que precandidatos que rebasen el tope de gastos de precampaña establecido por el Consejo General del IFE, deberán ser sancionados con la cancelación de su registro o, en caso de que se les haya otorgado el registro como candidato, la sanción consistirá en la pérdida de la candidatura que hayan obtenido.

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