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Piden ONG criterios de la CIDH en reforma de jurisdicción militar

El centro Miguel Agustín Pro y la Red de Organizaciones Civiles Todos los Derechos para Todas y Todos, plantean al Senado se atienda también a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

México

 

Ciudad de México ? Ante el reinicio de las discusiones en el Senado sobre las reformas pendientes en materia de jurisdicción militar y desaparición forzada de personas, organismos civiles de derechos humanos instaron a los senadores a priorizar la aprobación de las modificaciones necesarias, con base en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La reforma del fuero militar, señalaron entre otras organizaciones el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustí Pro y la Red de Organizaciones Civiles Todos los Derechos para Todas y Todos, ha sido una demanda permanente de las víctimas que se han visto obligadas a buscar infructuosamente justicia ante instancias internacionales.

Esta demanda, en los últimos años ha adquirido mayor relevancia dado el incremento de las violaciones a derechos humanos cometidas ?por militares y marinos, que en su mayoría permanecen impunes?, además, ha sido respaldada por las recomendaciones de numerosos organismos internacionales de derechos humanos.

Sobre todo, indicaron, por la emisión de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Rosendo Radilla Pacheco, Inés Fernández Ortega, Valentina Rosendo Cantú, así como en el caso Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García (?Campesinos Ecologistas?).

En dichas resoluciones, el máximo tribunal interamericano determinó que la legislación mexicana en materia de fuero militar contraviene la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por permitir que en esa jurisdicción se investiguen y procesen delitos que no lesionan primordialmente bienes jurídicos castrenses.

Vale la pena destacar que la Corte Interamericana ordenó también que fuera modificado el juicio de amparo para permitir a las víctimas impugnar la extensión de la jurisdicción militar en casos ajenos a su competencia, lo que ya fue atendido en la reciente reforma en la materia, mostrando que las modificaciones ordenadas en tribunales internacionales son factibles cuando hay voluntad para ello.

Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación también se ha pronunciado en este sentido, al favorecer el cumplimiento de decisiones internacionales en el fuero interno.

Como es de conocimiento público, durante el mes de agosto de 2012, en casos como el amparo en revisión 133/2012, relativo a la ejecución extrajudicial de Bonfilio Rubio Villegas, el pleno de la SCJN determinó por una clara mayoría que el artículo 57, fracción II, inciso a), del Código de Justicia Militar es inconstitucional.

Organizaciones como el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustí Pro, la Red de Organizaciones Civiles Todos los Derechos para Todas y Todos, consideraron que la reforma del fuero militar es urgente.En el marco del reinicio de las discusiones en la materia por parte del Senado, la Comisión de Justicia ha hecho público en su página de internet un proyecto de dictamen.

El proyecto publicado abre una nueva oportunidad para avanzar en el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado mexicano.

En este sentido, la propuesta publicada constituye un avance muy significativo hacia el cumplimiento de los estándares internacionales respecto de la restricción del fuero militar en casos que involucren a civiles o que se relacionen con violaciones a derechos humanos.

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