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Propone Barbosa modificaciones a la nueva Ley de Amparo

Los cambios propuestos por el senador perredista los presentó a poco más de 24 horas de que el presidente Enrique Peña Nieto promulgara dicha ley.

México

Los cambios propuestos por el senador perredista los presentó a poco más de 24 horas de que el presidente Enrique Peña Nieto promulgara dicha ley.

 

Ciudad de México ? A poco más de 24 horas de que se promulgara la nueva Ley de Amparo, el senador perredista Miguel Barbosa propuso modificaciones a esa legislación, con el propósito de acortar los plazos no especificados en el juicio y ?hacerlo accesible para aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad?.

La propuesta limita a tres las ocasiones posibles de diferimiento de la audiencia constitucional por imposibilidad en el desahogo de pruebas y señala que al alcanzarse ese límite, el juez resolverá considerando las constancias con las que se cuente.

Además, establece un periodo máximo de ocho días para diferir la audiencia por falta de notificación al quejoso del informe justificado, de quince cuando los documentos o copias solicitadas no fueren entregados oportunamente.

Se establece que a la ausencia de dichos documentos, se presumirá el dicho del quejoso como cierto, para todos los efectos a que haya lugar.

El coordinador de los senadores del PRD indicó que con la reforma planteada se reduce de 30 a 15 días naturales el plazo máximo para listar el asunto que no fuere aprobado en la audiencia en la que debían discutirse y resolverse los asuntos de competencia de los tribunales colegiados de circuito.

Barbosa Huerta señaló que el acceso a la justicia es un derecho fundamental y los estándares previstos en la Convención Americana de Derechos Humanos, prevén que ésta debe ser otorgada dentro de un plazo razonable.

Al presentar la iniciativa que reforma los artículos 115, 117, 121, 124, 184 y 187, insistió en que el juicio de amparo debe ser ?de fácil acceso para las personas y debe de avanzar en despejarlo de complejidades técnicas?.

Expuso que en la recién reforma publica en el Diario Oficial de la Federación, la accesibilidad del juicio de amparo fue mejorada; sin embargo, en la práctica éste sigue siendo un procedimiento muy largo.

?Encontramos que en la práctica los amparistas, la mayor de las veces promueven juicios de amparo sólo para conseguir la suspensión provisional y definitiva en su sustentación?, abundó.

Consideró que es necesario que a las reformas que fueron publicadas se adicionen nuevos elementos que tengan que ver con permitir al interesado en un efectivo acceso a la justicia.

?La resolución pronta, la resolución en un plazo perentorio y que la autoridad de amparo esté obligada a resolver de fondo los asuntos y con eso desproveer las intenciones litigantes de que los amparos se promueven para alargar la sustanciación una vez alcanzada la suspensión provisional o definitiva?, señaló.

OMAR BRITO Y ANGÉLICA MERCADO

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