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Senado tipifica los delitos de trata de personas

Se tipifica la esclavitud, el sometimiento a servidumbre, trabajo forzado, corrupción de menores y pornografía infantil, entre otros.

México

México ? El Senado emitió la declaratoria de constitucionalidad sobre la reforma penal en materia de trata de personas, luego de que 19 congresos estatales aprobaron la legislación.

 

Con este ordenamiento se tipifican los delitos de esclavitud, sometimiento a servidumbre, trabajo forzado, corrupción de menores, pornografía infantil y explotación sexual, entre otros, y cuyas sanciones serán hasta de 40 años de prisión.

 

Durante la sesión, el presidente del Senado, Raúl Cervantes, informó que recibió comunicación de la Cámara de Diputados sobre el aval de los Congresos de los estados para modificar la fracción XXI del artículo 73 constitucional en materia de legislación procesal única.

 

"A efecto de dar cumplimiento a lo que establece el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y una vez computados los votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas estatales, el Senadores declara: se aprueba el decreto por el que se reforma la fracción vigésima primera del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

 

La secretaría de la Mesa Directiva dio fe de la recepción de los votos aprobatorios de los congresos de Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Estado de México, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

 

Finalmente, se remitió al Ejecutivo federal para su publicación.

 

Niños Migrantes

Especialistas expusieron la necesidad de que la política migratoria en México esté orientada hacia el interés superior de los niños y adolescentes, independientemente de si éstos son nacionales o extranjeros, si se encuentran en tránsito o residiendo en el país.

 

En el foro ?Niñez migrante no acompañada: el papel que desempeña la sociedad civil?, realizado en el Senado, Pablo Ceriani, del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Lanús, Argentina, aseguró que en México uno de los principales problemas de este fenómeno migratorio es la ausencia de un procedimiento de determinación de interés superior, tal como lo establece el artículo 74 de la Ley de Migración aprobada en 2011.

 

Explicó que se carece de un mecanismo institucional que recolecte información e identifique, por un lado, las mejores medidas de atención a corto plazo ante situaciones de riesgo concretas y, por otro, las más adecuadas que a largo plazo permitan la reintegración de los niños y adolescentes a una vida digna en convivencia familiar y con oportunidades educativas y laborales.

 

En tanto, María de Lourdes Rosas Aguilar, del Centro de Derechos Humanos Fray Matías de Córdoba en Tapachula, Chiapas, apuntó que en 2013 el número de niños y adolescentes detenidos en estaciones migratorias puede aumentar 50 por ciento respecto al año pasado, en el que seis mil menores fueron asegurados.

 

Cynthia Velázquez, de la Organización Internacional para las Migraciones, opinó que debe existir una corresponsabilidad entre los países de origen, tránsito y destino con el fin de eliminar las condiciones de vulnerabilidad y proteger a los menores de edad, así como un mecanismo de monitoreo que dé seguimiento a la reintegración de las niñas, niños y adolescentes, una vez que regresan a su lugar de origen.

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