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SHCP debe entregar información sobre deuda de estados y municipios: IFAI

El periodo comprende entre el año 2000 y el 2012 y debe entregar copias simples o certificadas de los documentos que indiquen la fecha en la que se contrajo la deuda pública, el monto del adeudo, el plazo contratado, la tasa y el nombre de los acreedores.

México

Ciudad de México ? La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) deberá entregar en copias simples o certificadas, información sobre la deuda de estados y municipios del periodo 2000 a 2012, resolvió el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

Un particular requirió a la SHCP las Cédulas de Inscripción del Registro de Obligaciones y Empréstitos de las Entidades Federativas y Municipios para conocer la fecha en la que se contrajo la deuda pública con instituciones crediticias, el monto del adeudo, el plazo contratado, la tasa y el nombre de los acreedores.

En respuesta, la SHCP señaló que la única manera en la que podía poner a disposición del particular la información de su interés era mediante una consulta física, por estar contenida en un aproximado de más de 4 mil 506 fojas.

De conformidad a Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la dependencia está obligada a entregarla en cualquier otro formato.

Al analizar la normativa aplicable, el comisionado ponente, Ángel Trinidad Zaldívar, señaló que, dado que el universo de la información es de un aproximado de más de 4 mil 506 fojas, sí existe un impedimento justificado, para otorgar acceso a la información en un medio electrónico.

No obstante, se estableció que tal como lo indicó el recurrente, la Ley de la materia prevé que además de la consulta física, la dependencia debió ofrecer otras modalidades como la copia simple o certificada, previo pago por los costos de reproducción y envío correspondientes.

La Secretaría cuenta con los documentos físicos que contienen dicha información, por lo que se debe privilegiar el acceso a éstos, en otras modalidades.

En este sentido, concluyó que la SHCP no cumplió con lo dispuesto en la LFTAIPG y, por tanto, a propuesta del comisionado Trinidad, el Pleno del IFAI modificó su respuesta y le instruyó poner a disposición del recurrente la versión íntegra de las Cédulas de Inscripción del Registro de Obligaciones y Empréstitos de las Entidades Federativas y Municipios de los años 2000 a 2012, en copias simples o certificadas, a elección del particular, por lo que deberá informarle los costos de reproducción y envío correspondientes.

BLANCA VALADEZ

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