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Abogado de Arellanes también es 'jefe' en AN

Gilberto de Jesús Gómez Reyes aparece en la nómina del municipio de Monterrey, en calidad de "Jefe".

México

Monterrey.- Cuando el representante del Partido Acción Nacional ante la Comisión Estatal Electoral, Gilberto de Jesús Gómez Reyes, se defendía contra la multas impuesta a la alcaldesa de Monterrey, Margarita Arellanes Cervantes, no sólo estaba representando a su instituto político, sino también a su jefa.

Y es que Gómez Reyes aparece en la nómina del municipio de Monterrey bajo el número 1000826, en calidad de "Jefe", sin especificar el área de la Dirección de Patrimonio Municipal, que depende de la Tesorería.

Legalmente estas labores, como empleado municipal y representante de partido, no son incompatibles; ya que como representante ante este órgano local no existe un salario y el cargo es honorario, el panista se ha ausentado de sus labores en la administración regiomontana, por las que percibe 34 mil pesos , en diversas ocasiones para asistir a las sesiones del Consejo General de la CEE.

A partir del inicio del año electoral, este 8 de octubre de 2014, los nuevos consejeros han modificado los horarios de sesión, de las 18:00, en las que tradicionalmente se realizaba a las 11:00.

En el caso de los representantes de los partidos políticos, no se tienen requisitos específicos más que contar con la representación de sus líderes, y Gómez Reyes se presenta en calidad de titular, mientras su suplente es el senador Raúl Gracia Guzmán.

El artículo 50 de la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos señala que todo servidor público incurrirá en responsabilidad administrativa cuando incumpla con las obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones.

Las labores partidistas del burócrata regiomontano no estarían fuera de la ley si las desempeñaran fuera de su horario laboral.

La normativa señala que en los casos graves se podrá imponer además, la suspensión del empleo, cargo o comisión hasta de tres meses o la destitución o inhabilitación del cargo hasta de diez años.

FOTO: MilenioMILENIO DIGITAL/DANIELA MENDOZA LUNA

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