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'Adelantados' podrían perder su registro

La CEE tiene 16 expedientes abiertos por promoción de imagen de posibles candidaturas.

México

Monterrey.- En el tema electoral, el refrán popular "Al que madruga Dios le ayuda" puede ser contraproducente para algunos aspirantes a cargos públicos cuyos rostros circulan actualmente en distintas plataformas mediáticas, pues corren el riesgo de perder su registro incluso antes de conseguido.

En una serie de acciones cada vez más frecuentes conforme se acercan los tiempos electorales, más de un militante de partidos políticos en Nuevo León incrementa su presencia vía diversos medios, algunos como funcionarios públicos en activo, otros sin cargo hasta el momento.

Decir "Yo quiero" y después promocionarse bajo cualquier pretexto, puede acabar su campaña antes que inicie. Así lo dice la nueva Ley Electoral para el Estado de Nuevo León (LEE), en su artículo 133:

"Los aspirantes o precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna convocados por cada partido no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda, por ningún medio, antes de la fecha de inicio de las precampañas; la violación a esta disposición se sancionará con la negativa de registro como precandidato".

En el artículo 136 explica que se entiende por precampaña electoral el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a cargos de elección popular debidamente registrados por cada partido político.

La normativa define propaganda de precampaña como el "conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante el periodo establecido por esta Ley y el que señale la convocatoria respectiva difunden los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular con el propósito de dar a conocer sus propuestas. La propaganda de precampaña deberá señalar de manera expresa, por medios gráficos y auditivos, la calidad de precandidato de quien es promovido".

En el mismo articulado, párrafos más adelante señala que el "aspirante" es el ciudadano que realiza actividades de proselitismo o difusión de propaganda antes de la fecha del inicio de las precampañas, o expresa públicamente su intención en contender por un cargo de elección popular.

Así, todo aspirante que se promocione bajo cualquier medio podría ser sancionado por la autoridad estatal.

En meses pasados, Luis Daniel López Ruiz, presidente de la Comisión Estatal Electoral (CEE) dijo a MILENIO Monterrey que contaba con 16 expedientes abiertos por promoción de imagen; sin embargo, aún no pueden ser sancionados por no encontrarse en año electoral.

Dijo que la CEE está en capacidad de documentar antecedentes para en su momento negar el registro a aspirantes que se adelantaron a los tiempos de promoción electoral.

López Ruiz fue claro al contradecir a aquellos funcionarios o servidores públicos que han señalado que no pueden ser sancionados por aparecer en anuncios panorámicos, pues la ley electoral sólo sanciona dentro del año electoral, es decir, a partir de octubre próximo.

"La facultad sancionatoria, se pudiera dar en estos momentos, en el año electoral, sin embargo lo que se hizo antes tiene implicaciones desde luego y podría tener consecuencias fatales para los ciudadanos que ello pretendan", destacó López Ruiz.

La LEE en su artículo 347, dice que se impondrá multa de cuatrocientos a seiscientos días de salario mínimo al militante de un partido político, coalición o al aspirante, precandidato o candidato y agrega:

"Los aspirantes, precandidatos o candidatos que sean sancionados con la negativa o cancelación del registro de la precandidatura o candidatura, según corresponda, quedarán inhabilitados para ser registrados en ese proceso electoral para alguna otra precandidatura o candidatura. En caso de pérdida de la candidatura, los partidos conservaran el derecho de realizar las sustituciones que procedan".

Al respecto, las denuncias presentadas hasta antes del 8 de julio de este año, fecha en que fue promulgada la ley electoral vigente, tienen que ser resueltas totalmente por la CEE; en tanto que las denuncias presentadas posteriormente son recibidas por la CEE, pero la resolución corresponderá al Tribunal Estatal Electoral (TEE).

Al momento, según datos de la CEE, hay siete denuncias presentadas bajo el esquema anterior y dos bajo el nuevo esquema.

A la letra:

-Artículo 133:

"Los aspirantes o precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna convocados por cada partido no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda, por ningún medio, antes de la fecha de inicio de las precampañas; la violación a esta disposición se sancionará con la negativa de registro como precandidato".

-Artículo 136:

Aspirante: ciudadano que realiza actividades de proselitismo o difusión de propaganda antes de la fecha del inicio de las precampañas, o expresa públicamente su intención en contender por un cargo de elección popular.

Precampaña electoral:

Conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a cargos de elección popular debidamente registrados por cada partido político.

Propaganda de precampaña:

"Conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante el periodo establecido por esta Ley y el que señale la convocatoria respectiva difunden los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular con el propósito de dar a conocer sus propuestas. La propaganda de precampaña deberá señalar de manera expresa, por medios gráficos y auditivos, la calidad de precandidato de quien es promovido".

-Artículo 347:

"Los aspirantes, precandidatos o candidatos que sean sancionados con la negativa o cancelación del registro de la precandidatura o candidatura, según corresponda, quedarán inhabilitados para ser registrados en ese proceso electoral para alguna otra precandidatura o candidatura".

Fuente: Ley Electoral para el Estado de Nuevo León.

FOTO: Leonel Rocha 

DANIELA MENDOZA / MILENIO DIGITAL 

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