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Deben denunciar a síndica penalmente: Juan Gómez

La decisión sobre la posibilidad de una acusación formal es tarea del Cabildo.

México

Monterrey.- La actuación de la síndica segunda de Monterrey, Irasema Arriaga Belmont, fue dolosa y debe ser denunciada penalmente por uso indebido de funciones y delitos contra la custodia de documentos, aseguró el abogado Juan Gómez Jaime.

Además se debe proceder contra quien o quienes encubrieron esta situación sin presentarla ante el Ayuntamiento de Monterrey para que se procediera legalmente.

"Su actuación es dolosa, es mal intencionada al llevar a cabo todos estos hechos, porque esa actuación indiscutiblemente tuvo la intención de favorecer a un particular para que este obtuviera un lucro económico en su beneficio y perjuicio de la administración municipal, eso no es correcto ni legal y constituye presuntamente un delito", dijo.

Gómez Jaime dijo que el artículo 223 del Código Penal del Estado de Nuevo León deja muy claro los delitos que se incurren en la custodia de documentos, con un castigo de 6 meses a 6 años de prisión, multa económica e inhabilitación para los servidores públicos.

Esto se configura para quienes con ánimo de obtener beneficio indebido de causar algún daño sustraiga, destruya, oculte, utilice o inutilice información o documentación que se encuentra bajo su custodia o a la cual tenga acceso, o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión.

El abogado señaló que en la expedición de la constancia de no afectación de bienes inmuebles a favor de Jorge Cantú Salinas, fue clave para que el demandante ganara un juicio que tenía en contra del municipio y por el cual accedió a una indemnización de 38 millones de pesos, y por eso podría configurarse este delito.

"Ella no tenía la custodia ni el archivo de estos documentos pero la extiende como si así fuera; se dio el lujo de expedir una certificación haciendo valer hechos falsos, apropiándose de una facultad que dice tener como síndica", dijo.

Insistió en que la expedición de esta certificación fue de mala fe y es dolosa, que además ejerció sin atribuciones por los que también recayó en el delito de abuso de autoridad y en el ejercicio indebido de funciones especificado en el artículo 208 del mismo Código.

Este delito señala que podrán imponer multas de una a siete años de prisión más multa e inhabilitación a los servidores públicos que ejerzan funciones que no les corresponden.

Aseguró que el municipio, como principal afectado en su erario, debería ser el que interpusiera esta denuncia penal, pero en lugar de ello ha encubierto las acciones de la edil al no dar a conocer esta resolución al Ayuntamiento.

"El Ayuntamiento de Monterrey debían dar a conocer esta situación en una sesión pública de Cabildo para que se decidiera que presentaran una denuncia penal en contra de quien o quienes resultaran responsables, no se le olvide que estos hechos no los ejecutó una sola persona, debió haber sido un grupo de personas.

"El Ministerio Público debe decidir si hubo hecho o hecho simulados para ejercitar acción penal en contra de los responsables", expresó el litigante.

Gómez Jaime dijo que ante la inacción del municipio de Monterrey por denunciar sobre este quebranto a las finanzas, cualquier habitante de la ciudad tiene el derecho y la facultad de presentar una denuncia penal.

Afirmó que las organizaciones civiles que justamente están hablando de la participación ciudadana, allí tienen un área de oportunidad para ejercer sus derechos y exigir una explicación de los hechos.

"El municipio no quiere abrir una investigación porque forman parte del mismo partido que la alcaldesa y demás gente del PAN que está allí, se están protegiendo unos a otros y lo más lamentable es que ya le hallaron el caminito porque éste es el segundo caso en que tienen que indemnizar a este señor", puntualizó.

Foto: Carlos Rangel 

DANIELA MENDOZA 

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