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Desaparece figura de arraigo en NL

Autoridades federales serán las únicas en solicitar una orden, pero sólo en delitos relacionados con delincuencia organizada.

México

Monterrey.- La aplicación de la figura del arraigo en casas de seguridad desapareció por completo en el estado de Nuevo León, ante la eminente entrada del sistema acusatorio que empezará a funcionar en su totalidad en abril del 2015.

Ahora, las autoridades federales son las únicas que tienen la capacidad legal de solicitar y emitir una orden de arraigo de ese tipo, pero solo en delitos relacionados con actividades de la delincuencia organizada, de acuerdo a lo que establece el artículo 19 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

Fue el pasado 27 de noviembre, cuando la Procuraduría de Justicia en el Estado dejó de recurrir a dicha medida cautelar para complementar las investigaciones, en las que los sospechosos permanecían retenidos bajo la tutela del Ministerio Público, como lo hacía desde hace casi 15 años.

Los únicos arraigos que solicitará serán domiciliarios y en los casos que sean necesarios, en el nuevo sistema acusatorio.

La decisión de prescindir del arraigo en inmuebles oficiales se tomó después de que las autoridades estatales recibieron los resultados de varias revisiones que habían interpuesto en contra de resoluciones emitidas por jueces y magistrados federales.

Aunque, en las últimas fechas no se ha habado del tema públicamente, trascendió que el pasado mes de junio, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación pronunció una tesis aislada.

En ese pronunciamiento, los magistrados de la nación establecieron que la orden de arraigo emitida por un juez local, solicitada por un ministerio público del fuero común para el éxito de la investigación de un delito local, no puede ser considerada constitucional, ya que ni el juez es autoridad competente para emitirla, ni el fiscal para solicitarla, aun cuando el ilícito por el que se solicitó sea grave.

Además, declararon inconvencional el artículo 139 del Código de Procedimientos Penales de Nuevo León, el cual contempla las condiciones de la petición del arraigo, porque consideran que va en contra de los tratados internacionales que protegen los derechos humanos.

Al conocer las decisiones de los representantes de la Suprema Corte de Justicia, las autoridades del estado promovieron diversas revisiones y continuaron con la aplicación de la medida, pero al recibir la decisión definitiva decidieron ponerle fin al arraigo.

 

FOTO: Archivo

REDACCIÓN

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