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Exhibirá Gobierno a contribuyentes morosos

A fin de incentivar el cumplimiento de las disposiciones fiscales, el Estado propuso ventilar nombre, razón social y otros datos.

México

Monterrey.- A fin de promover el cumplimiento de las disposiciones fiscales, el Gobierno de Nuevo León solicitó dentro del presupuesto 2016 facultades para exhibir a los contribuyentes morosos a través de la página de la Tesorería Estatal.La petición se encuentra en el artículo 69 del decreto que reforma el Código Fiscal del Estado. En una explicación previa, el Estado razona los motivos detrás de esta medida, que impactará a aquellos que caigan en seis supuestos.

"Se propone permitir la publicación de datos de contribuyentes morosos y proporcionar dicha información a buró de crédito, siempre que se trate de créditos fiscales firmes, señalando la debida audiencia al contribuyente. Lo anterior, a fin de incentivar el cumplimiento de las disposiciones fiscales", señala el documento.De aprobarse la propuesta, los contribuyentes que serían exhibidos son quienes "tengan a su cargo créditos fiscales firmes, aquellos con créditos fiscales determinados, que siendo exigibles, no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por este Código (Fiscal)".También entran en dicho supuesto aquellos contribuyentes que "estando inscritos ante el registro estatal de contribuyentes, se encuentren como no localizados", o bien, "que haya recaído sobre ellos sentencia condenatoria ejecutoria respecto a la comisión de un delito fiscal".Los últimos dos casos considerados son quienes tengan a su cargo créditos fiscales que hayan sido afectados en los términos del artículo 144 Bis del Código Fiscal, y también a quienes se les hubiere condonado algún crédito fiscal.Todos los contribuyentes que se encuentren bajo cualquiera de estos 6 puntos, se ventilaría su nombre, denominación o razón social, clava del Registro Federal de Contribuyentes y del Registro Estatal de Contribuyentes.

La propuesta establece que la difusión de estos datos se hará a través del sitio oficial de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.En la propia iniciativa se establecen los canales para impugnar esta medida."Los contribuyentes que estuvieran inconformes con la publicación de sus datos, podrán llevar a cabo el procedimiento de aclaración que la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado determine mediante reglas de carácter general, en el cual podrán aportar las pruebas que a su derecho convenga."La autoridad fiscal deberá resolver el procedimiento en un plazo de tres días, contados a partir del día siguiente al que se reciba la solicitud correspondiente y, en caso de aclararse dicha situación, la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado procederá a eliminar la información publicada que corresponda", se precisa en la propuesta.En el citado artículo 69 también se especifican los casos en los que el personal que intervenga en los trámites estará obligado a mantener la secrecía de los datos generales del contribuyente.

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