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Felipe no violó reglas de propaganda: TEE

Tras la denuncia del PRI y PVEM los magistrados dijeron que en TV no se obliga a señalar que es se trata de un 'precandidato'.

México

Monterrey.- El Tribunal Estatal Electoral determinó que el candidato del PAN a la gubernatura del Estado, Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, no incurrió en actos anticipados durante su precampaña.

En la sentencia de los expedientes PES-006/2015 y-013/2015 relativo a la denuncia presentada por los representantes del PRI y el PVEM por la trasmisión de spots publicarlos, los magistrados decidieron por unanimidad que no había falta a la ley.

En esta decisión se resolvió una denuncia de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, sobre el contenido de dos promocionales del entonces precandidato Felipe de Jesús Cantú Rodríguez del Partido Acción Nacional, transmitidos en diversas ciudades del estado durante el periodo de precampañas, así como la responsabilidad del citado instituto político.

El motivo de la denuncia consistió en que los dos promocionales presuntamente no respetaban las reglas de la propaganda de precampaña electoral y hacían un llamado del voto hacia la ciudadanía en general, y no solamente a sus militantes.

"El Tribunal resolvió que los dos promocionales no violan las reglas de la propaganda de precampaña establecidos en la legislación local, porque la publicidad audiovisual transmitida en televisión por los precandidatos, no está obligada a formular la advertencia también de manera auditiva, que se trata de un 'precandidato', en adición a la leyenda que aparezca gráficamente, dada la naturaleza del medio de comunicación audiovisual que permite una mayor interacción con el receptor del mensaje.

"Asimismo, se determinó que el tamaño desproporcional de la palabra 'precandidato' con relación al resto del mensaje transmitido en los promocionales de manera gráfica, no genera un impacto visual que produzca confusión determinante al electorado", dice la sentencia.

 En relación al primer promocional, donde el PRI y el PVEM señalaban que no quedaba clara la calidad de precandidato de Cantú Rodríguez, los magistrados señalaron que se cumplía lo establecidos en la norma.

 En el segundo promocional, se concluyó que el mensaje auditivo no contenía un llamado expreso o implícito al voto.

En la misma sesión, los integrantes del TEE declararon la inexistencia de diversas quejas del Partido Revolucionario Institucional en contra de la alcaldesa  Margarita Alicia Arrellanes Cervantes, al afirmar que los denunciantes no presentaron los suficientes datos objetivos que permitan concluir la violación que plantean.

FOTO: Carlos Rangel

DANIELA MENDOZA /MILENIO

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