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Multas para 'adelantados' son bajas

Un aspirante que realice propaganda antes de la fecha de precampaña sería sancionado con multas de hasta 35 mil pesos.

México

 

Monterrey.- Según la Ley Estatal Electoral (LEE), las campañas adelantadas tienen una sanción económica; sin embargo, ésta es baja y el procedimiento para que lleguen a cobrarse muy lento.

Un aspirante que "realice actividades de proselitismo o difusión de propaganda por algún medio, antes de la fecha de inicio de las precampañas" sería sancionado con una multa económica de 400 a 600 cuotas de salario mínimo vigente, lo cual equivale montos que oscilan entre los 25 mil y los 37 mil 500 pesos.

El artículo 347 de la Ley Estatal Electoral señala las diversas acciones por las que los partidos políticos, coaliciones, aspirantes, precandidatos o candidatos pueden hacerse acreedores a este tipo de multa.

Si bien también se contempla la negativa del registro para ese o cualquier otro puesto de elección popular, esto no deja sin candidato al partido, que podría sustituirlo por cualquier otro.

Además del bajo monto de la deuda, el procedimiento de fincamiento de responsabilidad puede llevar más de 100 días.

El artículo 355 dice que la denuncia comenzará a correr una vez que sea ratificada, es decir, 3 días después de que tengan conocimiento de ella.

Tras lo cual, emplazará al presunto infractor para que "en el plazo de cinco días conteste por escrito lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que considere pertinentes".

Después se generará un dictamen que debe ser resulto en 15 días más, con prórroga de hasta 3 jornadas.

El proceso de investigación es el que demora todo el procedimiento; y es que aunque dice que debe realizarse en forma seria, congruente, idónea, eficaz, expedita, completa y exhaustiva, otorga 40 días, con una prórroga del mismo lapso.

Concluido el plazo, casi 119 días -si se tomara en cuenta que se soliciten todas las prórrogas posibles-, el recurso se entregaría al Tribunal Estatal Electoral (TEE), quien tendría 10 días más para emitir una resolución al respecto.

Este plazo de tiempo es mayor que el que toman las campañas para diputados locales y federales, que son de 90 días, así como para alcaldes, que son de 120 días.

FOTO: Archivo

DANIELA MENDOZA

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