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Paridad de género pierde primer round con nuevos diputados

Los magistrados del Trife avalaron que no era posible que en la fase de asignación se compensara la disparidad entre hombres y mujeres, tal y como lo propuso la titular del Instituto Estatal de las Mujeres.

México

MONTERREY.- Tras semanas de expectativa, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó anoche que el Congreso de Nuevo León no tendrá cambios de cara al cambio de Legislatura, que arranca el 1 de septiembre.Luego de cuatro horas de discusión, los magistrados echaron abajo los juicios que buscaban una paridad de género y evitar la sobre representación de partidos. El Congreso local para los siguientes tres años quedará de la siguiente manera: 19 diputados del PAN; 16 del PRI; tres de Movimiento Ciudadano; dos del Partido Verde Ecologista de México (PVEM); uno de Nueva Alianza; y otro del Partido del Trabajo (PT).

Por mayoría, el Trife confirmó que el parámetro de votación válida emitida implementada por el Consejo General de la Comisión Estatal Electoral (CEE) se ajustó a derecho para limitar las bases de sobre y sub-representación. Los magistrados avalaron además que no era posible que en la fase de asignación se compensara la disparidad entre hombres y mujeres, derivadas de la selecciones de mayoría relativa. En tanto, confirmaron que tampoco se aplicaría la alternancia de género.La magistrada María del Carmen Alanís Figueroa fue la única en el Pleno que apoyó la sentencia reclamada por la presidenta del Instituto Estatal de las Mujeres, María Elena Chapa, así como por Acción Nacional.

En el Pleno, Alanís Figueroa y el magistrado Salvador Olimpo Nava sostuvieron un cálido enfrentamiento de discursos en el que no hubo un acuerdo.Salvador Olimpo acusó a la magistrada Alanís Figueroa de ser incongruente con sus decisiones en distintas ponencias relacionadas con el tema de paridad y alternancia en las curules de representación proporcional.Sin embargo, María del Carmen aseguró que el caso de la entidad nuevoleonesa necesitaba otro trato en materia de paridad, porque su legislación era distinta a la del resto de los estados.

Por su parte, el magistrado Salvador Olimpo insistió en que la paridad se establece desde el registro de los interesados en formar parte del Congreso local.Al plantear su postura, Alanís Figueroa cuestionó también la actuación del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, que había desechado la demanda interpuesta por María Elena Chapa al argumentar la presunta falta de interés jurídico. Los recursos que se resolvieron y que confirmaron no haber ningún cambio en el Congreso local fueron SUP -JDC-1236/2015, promovido por María Elena Chapa Hernández; SUP -JDC-1244/2015 de Tatiana Clouthier Carrillo y Eiliana Olivo López.Se resolvieron también los juicios SUP-JRC-666/2015, promovido por Samuel Alejandro García Sepúlveda, de Movimiento Ciudadano; y SUP-JRC-667/2015, del PAN.

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