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Aprueban en lo general

Diputados avalaron con 288 votos la ley que permitirá a agentes extranjeros portar armas dentro del territorio mexicano.

DANIEL VENEGAS Y FERNANDO DAMIÁN | MILENIO DIGITALEditor
México

Ciudad de México.- Con 288 votos a favor, 82 en contra y 9 abstenciones la Cámara de Diputados aprobó en lo general las reformas y adiciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para facultar a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) a otorgar, con base en el principio de reciprocidad internacional, permisos extraordinarios de portación de armas de fuego a funcionarios extranjeros.El pleno de San Lázaro discutirá 28 reservas, 27 de ellas del PRD y siete del PAN, para su discusión en lo particular.

El PRD manifestó que existen graves riesgos con la aprobación de esta reforma y destacó se pretende otorgar los permisos para portar las armas a agentes extranjeros con los "laxos y cuestionables requisitos que se establecen para mexicanos".Además señaló que se pretende permitir el usos de estas arma a agentes migratorios de Estados Unidos, "que son constantemente cuestionados por el usos desmedido de la fuerza y que es obligación del Estado brindar seguridad a los funcionarios extranjeros que visiten nuestro país".A su vez, el PAN anunció que presentará reservas para establecer que aquellos agentes a los que se permita portar armas, deban entregar antes certificados médicos y psicológicos, así como de no consumo de drogas.También para establecer que una vez terminadas sus labores las armas deberán resguardarse en el local donde preste sus servicios y que se establezca un transitorio para que los extranjeros que cometan delitos con estas armas sean castigados con las sanciones que marcan las mismas leyes para los mexicanos.De acuerdo con el dictamen los permisos se otorgarán a agentes aduanales en los puntos de revisión de las aduanas ubicadas en territorio mexicano y nacionales que participen en el extranjero; servidores públicos de migración nacionales y extranjeros que participen en la revisión migratoria de tránsito internacional; y, al personal de seguridad que acompañe a funcionarios en visitas de alto nivel provenientes de estados extranjeros u organismos internacionales, que por la naturaleza de sus funciones o su investidura requieren de mecanismos especiales de protección y seguridad.La ley fue aprobada el 9 de abril en el Senado de la República después de ser analizada la iniciativa enviada por el Ejecutivo.De acuerdo con el dictamen el arma autorizada, corresponderá a la que el funcionario extranjero utilice como arma de cargo en las instalaciones de su país de origen.La ley especifica que solo podrá ser un revólver o pistola de funcionamiento semiautomático con calibre máximo de .40" o equivalente.

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