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Destacan formato para regular producción y venta de alcohol etílico

México

México.- La Secretaría de Salud (SSA) destacó la publicación del formato para el registro de la producción, importación y comercialización de alcohol etílico, que deberán llevar los productores o importadores de esa sustancia.

La dependencia recordó que el objetivo de la autoridad sanitaria es atacar la adulteración de bebidas alcohólicas con esta sustancia tóxica en el mercado ilegal y prevenir riesgos a la salud de la población.

En ese sentido, indicó que los productores o importadores de alcohol deberán llevar un estricto control de sus inventarios, ya que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y las Secretarías de Salud estatales verificarán el cumplimiento de las medidas de control establecidas.

En un comunicado, el titular de la Cofepris, Mikel Arriola, informó que el control de alcohol etílico o etanol servirá para atacar desde la producción primaria la adulteración de bebidas alcohólicas, pues se han detectado 90 por ciento de ellas en el mercado ilegal.

De acuerdo con esa nueva disposición, los industriales alcoholeros deberán llevar un registro preciso de la producción, elaboración, fabricación, preparación, mezcla, acondicionamiento, envasado, manipulación, almacenamiento, comercialización, importación, exportación, posesión, transporte, empleo, uso y consumo de alcohol etílico sin desnaturalizar.

El registro deberá mantenerse actualizado, estar visible en original y disponible para la autoridad sanitaria en el establecimiento que venda, suministre, distribuya, procese, comercialice o expenda el alcohol etílico sin desnaturalizar.

Quienes se dediquen a este negocio podrán consultar las medidas de control sanitario que establece el Acuerdo del Consejo de Salubridad General y cumplir con los requisitos del registro en la página http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo>5329929&fecha>17/01/2014.

La SSA recordó que la venta a granel a los consumidores de cualquier tipo de alcohol etílico queda prohibida y sólo se podrá vender alcohol etílico para uso como material de curación al consumidor final cuando se trate de alcohol desnaturalizado y pre-envasado.

La venta en farmacias, boticas, o droguerías de esa sustancia será exclusiva en presentaciones no mayores a un litro, en tanto que para hospitales y clínicas sólo podrán venderse envases mayores a un litro y no más de 20 litros.

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