Invalida Corte ley que impide adopción a gays
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la ley priva a los menores de su derecho a formar parte de una familia.
México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la norma del estado de Campeche que impedía a las parejas que viven bajo sociedades de convivencia, tener acceso a la adopción de menores de edad, la patria potestad y la guarda y custodia de los mismos.El Pleno de la Corte determinó que la ley atenta contra el interés superior del niño, porque priva a los menores de su derecho a formar parte de una familia. El estatuto, agregó, también da un trato desigual y discriminatorio tanto a parejas heterosexuales como a las del mismo sexo.
El Alto Tribunal reconoció que las sociedades de convivencia guardan un grado similar a las figuras del matrimonio y el concubinato.Eduardo Medina Mora fue el único ministro que votó en contra y que defendió la ley aprobada por Campeche.Las sociedades de convivencia pueden ser formalizadas a través de un contrato que se firma entre jóvenes, adultos mayores, incapacitados, personas del mismo o de diferente sexo, y que es elevado a escritura pública e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y no en el Registro Civil.El presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, dijo que el artículo 19 que norma las Sociedades Civiles de Convivencia en Campeche, va en contra del interés superior del menor, porque evita que los niños encuentren algo ideal en este modelo de familia.Subrayó que la legislación de Campeche atenta contra la misma integridad de la familia, además de que discrimina a las parejas del mismo sexo y a las heterosexuales, ya que los obliga a formar una familia por otras vías.El ministro Fernando Franco González Salas señaló que dicho artículo da un trato de desigualdad ya que no sólo impide adopta a heterosexuales, parejas del mismo sexo o asexuales.
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