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Rechazan proyecto para amparar a un plagiario

Ministros de la Suprema Corte returnan el caso. La defensa impugna la admisión de datos del celular de la víctima.

México

México.- La primera sala de la Corte rechazó un proyecto en el que se propuso amparar a un secuestrador, quien impugnó que los registros del teléfono celular de su víctima fueron admitidos como prueba en el juicio iniciado en su contra.

Si bien los ministros han fallado en otros casos, en el sentido de que no son válidos los registros celulares de un indiciado cuando éstos se obtienen sin una orden judicial, no comparten el mismo criterio en casos que tienen que ver con personas que fueron secuestradas o asesinadas.

Por ello, el asunto se returnó el pasado 8 de octubre, pues la mayoría de la sala busca sentar un precedente que garantice los derechos de las víctimas de delito.

Jorge Mario Pardo, uno de los tres ministros que se opusieron a conceder la protección de la justicia al secuestrador, explicó sus razones:

"En este asunto, ya lo habíamos discutido alguna otra ocasión, en sesión previa, yo reitero mi postura contra el proyecto; me parece que el tema de la aplicación de los precedentes que tiene esta sala, con relación a la inviolabilidad de la información que contiene un teléfono celular, no puede aplicarse de la misma manera si se trata del inculpado o de la víctima, y como en este caso está involucrado el tema de la víctima, votaré contra el proyecto".

Los demás ministros no hicieron comentario alguno y solo se ordenó que el caso fuera returnado para que vuelva a ser discutido en próxima fecha.

La resolución tuvo su origen en un juicio de amparo directo que interpuso Samuel Isidro Duarte, sentenciado por el secuestro de Cecilia Jazmín Chavarría Corrales, ocurrido en 2007, en Chihuahua. La joven permanece desaparecida desde esa fecha, mientras que Duarte purga una sentencia de 45 años de cárcel.

De acuerdo con información proporcionada, el 24 de febrero de 2007 Cecilia desapareció de su domicilio; testimonios de familiares aseguran que la joven se fue con Samuel.

Al sospechoso se le impuso primero una pena de 25 años de prisión, debido a que cayó en contradicciones; además, se tomaron en cuenta declaraciones de otras personas.

Sin embargo, la familia de la joven reclamó la sentencia inicial, por considerar que el castigo debía ser mayor; en 2011, la Fiscalía General de Chihuahua consiguió que un tribunal dictara la nueva sentencia de 45 años.

El 16 de enero del presente año, la Corte declaró constitucionales las reformas que permiten la ubicación en tiempo real de teléfonos celulares que usan secuestradores, extorsionadores y narcotraficantes, sin que exista una orden judicial.

El alto tribunal estableció que las procuradurías General de la República y de Justicia de las entidades federativas tienen que demostrar a las empresas telefónicas cuando soliciten información, que se trata de casos de extrema urgencia.

FOTO: MilenioRUBÉN MOSSO

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