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Prohíben uso de propaganda en "caravanas de salud" de candidato costarricense

Los voluntarios visitan comunidades de escasos recursos y atienden pacientes, pero rodeada de logotipos de Johnny Araya, banderas del partido y material promocional.

México

Los voluntarios visitan comunidades de escasos recursos y atienden pacientes, pero rodeada de logotipos de Johnny Araya, banderas del partido y material promocional.

 

San José.- El Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE) prohibió hoy al candidato oficialista, Johnny Araya, el uso de propaganda en las llamadas "Caravanas de salud", eventos en los que se ofrece atención sanitaria en barrios populares y que forman parte de su campaña.

El TSE resolvió hoy que las "Caravanas de la salud" cuentan con el respaldo organizativo del gobernante Partido Liberación Nacional (PLN) y que "no deben seguirse realizando de la manera en que se ha hecho hasta ahora".

La máxima autoridad electoral costarricense ordenó al PLN evitar "que se vincule dicha actividad con cualquier forma o expresión de proselitismo o propaganda partidista", de acuerdo con un comunicado oficial.

Para el TSE, "si bien las diferentes agrupaciones gozan de la libertad de expresar sus ideas y programas, también se entiende que esa libertad no es absoluta y por el contrario, existe una serie de normas, valores y principios que determinan la manera jurídica correcta en que la búsqueda del favor del electorado debe hacerse".

Tanto León como Araya han insistido en que estas caravanas no tienen fines electorales a pesar de que en las visitas a las comunidades ella y su equipo utilizan un uniforme con el logotipo de campaña de su esposo, son visibles las banderas del PLN y se entrega información sobre la campaña.

"Por Dios, por Dios, no hay ninguna irregularidad (...) a nadie se le condiciona el voto. Es una forma distinta de expresar nuestra campaña política", aseguró hoy Araya a periodistas tras inscribir las candidaturas de sus vicepresidentes.

El Código Electoral costarricense estipula que "incurre en un delito contra la determinación electoral aquel que, por medio de dádiva, promesa de dádiva, amenazas o violencia induzca a otra persona a adherirse a una candidatura o a votar en un determinado sentido o a abstenerse de votar".

EFE

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