Monterrey.- La mujer a la que Hacienda determinó que está muerta, debe solucionar primero la situación en el Registro Civil. Tiene que comprobar ante Hacienda que efectivamente sigue viva y activa, pues de otra manera, sus declaraciones pueden no ser incluidas, y luego, cuando "resucite" puede tener problemas fiscales. La "muerte" fiscal no libera a los vivos de sus obligaciones, por lo que en el caso de la mujer que el Sistema de Administración Tributaria considera muerta, aunque esté viva, debe arreglar su situación, pero ante el Registro Civil, consideró Héctor Nava Ramos, presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicas, Capítulo Nuevo León. Al opinar sobre el caso de Patricia Medina Valenciano, quien fue declarada muerta por el SAT, pese a que ha hecho todas sus declaraciones, el fiscalista mencionó que es la autoridad fiscal solo refleja lo que otras, en este caso el Registro Civil, le reporta por medio del CURP. Medina Valenciano siempre ha presentado sus declaraciones, pero este año, al solicitar le devolvieran un saldo a favor, le dijeron que murió en 1993, por tanto no tiene derecho a reclamar nada. Nava Ramos explicó que la contribuyente debe arreglar su situación, para evitar problemas fiscales en el futuro, cuando le digan que "resucitó". Aclaró que la autoridad fiscal no va a reconocer que está viva, mientras su CURP mencione lo contrario, y seguramente debe haber una confusión con la muerte de otra persona, y es el Registro Civil quien debe aclararlo. FOTO: Archivo FRANCISCO ZÚÑIGA