MONTERREY.- Un diputado plurinominal es aquel que se elige mediante el principio de representación proporcional, en ésta los partidos que obtuvieron menos votos en la elección pueden designar a ?los pluris? de una lista de candidatos registrada anteriormente.La finalidad de éstos es asegurar que, aunque no hayan ganado algún distrito electoral, todos los partidos estén representados.Por otra parte, este tipo de legisladores tiene derecho a participar en la asignación de diputaciones si su partido fue el ganador de su distrito, aunque ellos como candidatos a legisladores no hayan ganado. El sistema de representación proporcional consiste en que cada partido político lista a cierto número de ciudadanos de los cuales, dependiendo del número de votos que en total haya obtenido el partido durante la elección, tendrán derecho a una cantidad de diputados que proporcionalmente le corresponda según un cálculo aritmético.De acuerdo con el artículo 263, fracción dos, las diputaciones serán asignadas primero a los candidatos registrados en la lista plurinominal de cada partido político y después a aquellos que, no obteniendo mayoría de votos en su distrito, tuvieron el mayor porcentaje de votos en su distrito a favor de sus partidos. El artículo 145 de la Ley Electoral permite que los partidos políticos registren una lista con dos candidatos plurinominales, que remplazarán a los diputados que entran por representación proporcional.Cabe señalar que, los diputados de mayoría relativa son aquellos que se eligen mediante el voto directo de los ciudadanos.mmr