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Elimina Suprema Corte párrafo en Ley que ayudaba a indígenas

El artículo pretendía apoyar los proyectos y acciones públicas de los pueblos de San Luis Potosí, pero El Pleno, consideró que no era trascendente.

México

México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por mayoría de ocho votos, un párrafo de la Ley para el Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas de San Luis Potosí, al considerar que no consultó previamente a las comunidades indígenas.El ministro ponente, José Fernando Franco González Salas, propuso al Pleno, la invalidez de un párrafo del Artículo 27 de dicha Ley, promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí.El objeto del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas de San Luis Potosí era apoyar los proyectos y acciones públicas para el desarrollo humano, social, integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas del estado.La propia ley dispone que el instituto contará con un Consejo Consultivo, que funciona como órgano asesor en materia de cultura y derechos indígenas, así como promotor de las acciones del instituto.

Precisa que se integrará ?por ciudadanos o ciudadanas con conocimientos y experiencia en materia de derechos y cultura indígena propuestos por las comunidades indígenas mediante el procedimiento siguiente: en cada uno de los municipios con presencia indígena acreditada mediante el padrón de comunidades existente.Sin embargo. El Pleno, promovió una acción de inconstitucionalidad contra el mencionado artículo, al considerar que el artículo no era trascendente para los pueblos indígenas.

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